En el presente artículo, abordaremos el tema de las mandas y legados, regulados por el artículo 871 del Código Civil Español, contenido en el Título III, De las sucesiones, y Capítulo II, De la herencia. Esta norma establece los requisitos necesarios para que una mandatario o legatario pueda recibir una propiedad de un testador, así como los derechos y obligaciones a los que se ven sometidos. Además, veremos algunas de las principales diferencias entre una mandata y un legado, así como la responsabilidad que conllevan. Por último, abordaremos el tema de los legados a favor de menores de edad, con el fin de conocer mejor los requisitos legales necesarios para su aceptación.
Cuál es la diferencia entre heredero y legatario
El Artículo 871 del Código Civil Español trata sobre las mandas y los legados. Estos son dos conceptos muy similares pero con algunas diferencias importantes.
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Un heredero es una persona designada por el fallecido para heredar sus bienes. El heredero toma posesión de los bienes de la herencia y se responsabiliza de su administración y distribución.
Un legatario, por otro lado, es una persona a la que el fallecido ha otorgado un legado, es decir, una disposición que le concede a esa persona el derecho a recibir un bien o una cantidad de dinero específica de la herencia. El legatario toma posesión de los bienes de la herencia según lo dispuesto en el testamento.
En relación con el Artículo 871 del Código Civil Español, tanto el heredero como el legatario pueden presentar una demanda para exigir el cumplimiento de la disposición testamentaria. Sin embargo, el heredero tiene más derechos que el legatario, debido a que el heredero es el responsable de administrar y distribuir los bienes de la herencia. Por otra parte, el legatario solo recibe lo que se le ha asignado en el testamento.
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Cómo se distribuye la masa hereditaria
El artículo 871 del Código Civil Español establece la forma en que se distribuye la masa hereditaria entre los herederos. Según este artículo, la masa hereditaria se distribuye entre los herederos en proporción a la cuantía de su respectivo derecho hereditario, es decir, el derecho a recibir la herencia. Esto significa que los herederos que tengan un derecho hereditario mayor recibirán una mayor parte de la misma.
Además, el artículo 871 del Código Civil Español establece que los legados y mandas tienen una cuantía determinada, por lo que primero se debe satisfacer dicha cuantía antes de distribuir la masa hereditaria entre los herederos. Esto significa que los herederos recibirán una proporción menor de la masa hereditaria ya que la misma se verá reducida por la satisfacción de los legados y mandas.
En resumen, el artículo 871 del Código Civil Español regula la forma en que se distribuye la masa hereditaria entre los herederos. Esto significa que los herederos recibirán una parte de la misma en proporción a su derecho hereditario y que los legados y mandas tendrán prioridad en la distribución de la masa hereditaria. Es por ello que los herederos recibirán una proporción menor de la misma.
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El artículo 871 del Código Civil Español regula la figura de la herencia, que se refiere al conjunto de bienes, derechos y obligaciones que se transmiten de una persona a otra al momento de su fallecimiento.
En virtud de lo dispuesto en esta norma, el fallecido puede disponer de su herencia de una forma libre y voluntaria, de acuerdo a su última voluntad y testando a favor de los herederos que él mismo designe. Esta disposición es conocida como mandas y legados, y pueden ser una forma de transmisión de la herencia, junto con la sucesión testamentaria y la sucesión intestada.
En relación a la sucesión testamentaria, el artículo 871 señala que los herederos designados en el testamento pueden recibir los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Esta forma de transmisión de la herencia está sujeta a la validez del acto testamentario, el cual debe cumplir con todos los requisitos legales para ser considerado válido.
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Por otro lado, en caso de que el fallecido no haya realizado un testamento, se aplicará la sucesión intestada, la cual es regulada por el artículo 872 del Código Civil y establece los herederos legítimos y el orden en que deben recibir la herencia.
En conclusión, el artículo 871 del Código Civil Español regula la figura de la herencia, estableciendo los mecanismos y requisitos para la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Esta norma permite que el fallecido haga uso de su última voluntad para disponer de su herencia de acuerdo a lo establecido en el testamento o en la sucesión intestada.
En conclusión, el Artículo 871 del Código Civil español establece los principios básicos para la aplicación de las mandas y los legados. Estas disposiciones permiten a los testadores disponer de sus bienes de una forma más detallada y específica, tanto en vida como con posterioridad a su fallecimiento. Un ejemplo de aplicación sería un testador que desea que sus bienes sean heredados por su hijo mayor y el resto sean repartidos entre sus otros hijos. Esta cláusula se incluiría en el testamento para asegurar que sus deseos se cumplan de acuerdo con la ley vigente.
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