Artículo 790 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a término
El Artículo 790 del Código Civil español regula aspectos específicos en materia de sucesiones, herencia y la institución de heredero o legado a término. Esta normativa se encuentra contenida en el Título III de las Sucesiones, en el Capítulo II que trata sobre la Herencia y en la Sección IV que regula la institución de … Saber Más
