El Artículo 815 del Código Civil español se refiere a las sucesiones, en particular a las herencias, y establece los principios básicos para la distribución de los bienes de una persona fallecida entre sus herederos. Esta sección del Código Civil establece el concepto de legítima y regula la forma en que los herederos deben recibir su legítima. En este artículo, explicaremos en profundidad los conceptos básicos de las legítimas, incluyendo los derechos de los herederos y las limitaciones impuestas a los mismos. Además, examinaremos los casos en los que los herederos pueden recibir una legítima mayor o menor que la establecida por el Código Civil. Finalmente, explicaremos los aspectos legales relacionados con la realización de la legítima.
Cómo se calcula la parte legítima de una herencia
En el Artículo 815 del Código Civil Español se establece que la parte legítima de una herencia es el porcentaje de la herencia que debe recibir cada uno de los herederos forzosos. Esta parte se calcula a partir del valor total de los bienes y derechos heredados.
Esto también te interesa:Artículo 816 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección V: De las legítimasEn el caso de los herederos llamados forzosos, el cálculo se realiza a partir del valor total de los bienes y derechos heredados, que se divide en dos partes:
1. La parte legítima, que debe recibir cada uno de los herederos forzosos. Esta parte es igual para todos los herederos forzosos, y se calcula en función de la cantidad de herederos y de la parte de la herencia que le corresponde a cada uno de ellos.
2. La parte disponible, que pertenece al causante y se puede distribuir libremente entre los herederos forzosos. Esta parte se calcula restando la parte legítima del valor total de la herencia.
Esto también te interesa:Artículo 817 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección V: De las legítimasEn el caso de los herederos no forzosos, la parte legítima también se calcula a partir del valor total de los bienes y derechos heredados, pero en este caso se divide en tres partes:
1. La parte legítima, que debe recibir cada uno de los herederos forzosos. Esta parte es igual para todos los herederos forzosos, y se calcula en función de la cantidad de herederos y de la parte de la herencia que le corresponde a cada uno de ellos.
2. La parte disponible, que pertenece al causante y se puede distribuir libremente entre los herederos forzosos. Esta parte se calcula restando la parte legítima del valor total de la herencia.
Esto también te interesa:Artículo 818 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección V: De las legítimas3. La parte complementaria, que corresponde a los herederos no forzosos. Esta parte se calcula restando la parte legítima y la parte disponible del valor total de la herencia.
Es importante destacar que la parte legítima no es una cantidad fija, sino que varía dependiendo de los herederos forzosos y el valor total de los bienes y derechos heredados. Por lo tanto, para calcular la parte legítima de una herencia es necesario conocer tanto el valor total de los bienes y derechos heredados como la cantidad de herederos forzosos.
Qué porcentaje es la legítima estricta en una herencia
En el Código Civil Español, el artículo 815 establece lo que se conoce como la legítima estricta en una herencia. Se trata de una parte de la herencia que se reserva para los parientes más cercanos del fallecido, quienes tienen derecho a recibir una cantidad determinada de bienes y recursos del patrimonio del difunto. Esta legítima estricta establece que los parientes más cercanos deben recibir, como mínimo, el 33% de la herencia.
Esto también te interesa:Artículo 819 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección V: De las legítimasSin embargo, el porcentaje de la legítima estricta puede variar según la cantidad de parientes cercanos del fallecido. Si hay un solo heredero, el porcentaje se reduce al 20%. En caso de haber dos herederos, el porcentaje se eleva al 40%. Si hay tres herederos, el porcentaje se reduce al 33%. Y si hay cuatro o más herederos, el porcentaje de la legítima estricta es del 50%.
De esta forma, el porcentaje de la legítima estricta varía según la cantidad de parientes cercanos que existan. Esto significa que, si el fallecido tiene un solo heredero, éste recibirá el 20% de la herencia, mientras que si hay cuatro herederos, cada uno recibirá el 50%. Por lo tanto, es importante tener en cuenta esta información para conocer el porcentaje exacto que cada heredero recibirá.
Qué dice el artículo 815
El Artículo 815 del Código Civil Español regula el derecho de los herederos a la legítima. Esta disposición establece que los herederos tienen derecho a recibir una parte de la herencia, que se conoce como legítima. Esta parte de la herencia se calcula a partir del valor neto de los bienes del causante, y es el mismo para todos los herederos, aunque el valor de los bienes heredados puede variar dependiendo del caso.
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La legítima se divide en dos partes: la cuota hereditaria y la parte del heredero. La cuota hereditaria es la parte de la legítima que corresponde a los herederos y se calcula en base al patrimonio del causante. La parte del heredero es la parte de la legítima que reciben directamente los herederos, y es igual para todos ellos.
En el caso de que el causante haya dispuesto de sus bienes de forma distinta a la establecida por el Artículo 815 del Código Civil Español, los herederos pueden acudir a los Tribunales para solicitar la modificación de la disposición.
En conclusión, el Artículo 815 regula el derecho a la legítima que tienen los herederos, estableciendo el porcentaje que corresponde a cada uno de ellos. Esta disposición permite a los herederos recibir una parte del patrimonio del causante, aunque puede ser modificada si el causante ha realizado disposiciones de última voluntad distintas.
En conclusión, el Artículo 815 del Código Civil Título III, de las sucesiones, Capítulo II, de la herencia, Sección V, de las legítimas, es una norma legal aplicable en España que establece los derechos de los herederos a una parte de los bienes del causante en caso de fallecimiento. Esta parte de los bienes, llamada «legítima», se calcula en función de los parientes que el fallecido dejó a su muerte. Por ejemplo, en caso de fallecimiento de un padre con dos hijos, la legítima sería de un tercio para cada hijo. Es por esto que los abogados especializados en herencias pueden ayudar a los herederos a conocer sus derechos y defenderlos de manera adecuada.