Artículo 796 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a término

En este artículo nos referiremos al artículo 796 del Código Civil Español, Título III, De las Sucesiones, Capítulo II, De la Herencia, Sección IV, De la institución de heredero y del legado condicional o a término. En esta sección se regulan los temas relacionados con la institución de los herederos, el legado condicional o a término, y se establecen algunos requisitos particulares para cada uno de ellos. Esta sección regula además los casos en los que se desconoce el nombre de los herederos instituidos, así como los casos de herederos instituidos que no aceptan la herencia. Por último, esta sección regula los casos en los que se desconoce la existencia de herederos instituidos. A continuación, se analizarán los principales aspectos regulados en el artículo 796 del Código Civil Español.

Qué dice el artículo 762 del Código Civil

El artículo 762 del Código Civil español regula el legado condicional o a término. Esta figura jurídica se refiere a la posibilidad de que un legatario reciba un legado, pero únicamente si se cumplen una serie de condiciones previamente establecidas por el testador.

Esto también te interesa:Artículo 797  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a términoArtículo 797 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a término

Este artículo establece que, en el caso de los legados condicionales, el testador debe indicar explícitamente la condición que debe cumplirse para que el legado sea efectivo. Esta condición no puede ser contraria a las disposiciones legales o a las buenas costumbres. Además, el testador no puede establecer condiciones imposibles de cumplir o que impliquen una tarea excesivamente onerosa.

Por otro lado, el artículo 762 del Código Civil español establece que el cumplimiento de la condición establecida debe acreditarse de forma fehaciente ante los tribunales, para que el legado pueda ser efectivo.

En definitiva, el artículo 762 del Código Civil español regula los legados a término o condicionales, para garantizar el cumplimiento de los derechos de los legatarios y el respeto a las disposiciones legales y a las buenas costumbres.

Esto también te interesa:Artículo 798  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a términoArtículo 798 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a término

Qué es la parte de libre disposición de la masa hereditaria

El Artículo 796 del Código Civil Español establece los términos de la parte de libre disposición de la masa hereditaria. Esta parte de la masa hereditaria es aquella que el causante puede destinar a los herederos ab intestato (herederos legítimos) o a los herederos de su propia elección. Esta parte de la masa se compone de los bienes y derechos que el causante decida dejar a sus herederos libremente, sin que deban cumplir con ninguna condición.

La parte de libre disposición de la masa hereditaria constituye una sección importante del Código Civil Español, ya que permite al causante dejar a sus herederos aquellos bienes y derechos que desee. Esta es la parte de la masa hereditaria que los herederos reciben sin necesidad de cumplir con ninguna condición, por lo que es importante entender los derechos y responsabilidades que conlleva la aceptación de esta parte de la masa hereditaria.

En relación a la parte de libre disposición de la masa hereditaria, es importante tener en cuenta que los herederos no tienen la obligación de aceptar los bienes y derechos que el causante deje en esta parte de la masa. En el caso de que uno o más de los herederos decidan no aceptar los bienes y derechos que estén destinados a esta parte de la masa hereditaria, éstos pasarán a formar parte de la parte de la masa hereditaria que se destina a los herederos ab intestato.

Esto también te interesa:Artículo 799  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a términoArtículo 799 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a término

Así pues, la parte de libre disposición de la masa hereditaria es una sección importante del Código Civil Español, ya que permite al causante destinar los bienes y derechos que desee a los herederos de su propia elección. Es importante entender los derechos y responsabilidades que conlleva la aceptación de esta parte de la masa hereditaria.

Cómo se reparte la herencia en el tercer orden hereditario

De acuerdo al Artículo 796 del Código Civil Español, el reparto de la herencia en el tercer orden hereditario se realiza de acuerdo al siguiente orden: Primero, los descendientes; Segundo, los ascendientes; y Tercero, los hermanos y hermanas, así como sus descendientes.

En el caso de que el fallecido no tenga descendientes, los bienes hereditarios se reparten entre los ascendientes. Si tampoco hay ascendientes, el reparto de la herencia se hace entre los hermanos y hermanas del causante, así como sus descendientes.

Esto también te interesa:Artículo 800  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a términoArtículo 800 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a término

Si hay varios hermanos y hermanas, cada uno de ellos recibe una parte igual de la herencia. Si alguno de los hermanos y hermanas del causante ya falleció y dejó descendientes, estos recibirán la parte que le correspondería a su ascendiente.

En el caso de que alguno de los hermanos y hermanas del causante ya hayan fallecido y no dejen descendientes, la parte de la herencia que le correspondería a esa persona se reparte entre los demás hermanos y hermanas.

El reparto de la herencia en el tercer orden hereditario del Código Civil Español es una manera de garantizar que los bienes de una persona se reparten entre sus familiares más cercanos, lo que ayuda a mantener los lazos familiares. Sin embargo, el código civil también permite a las personas establecer testamentos para repartir sus bienes como deseen.

Esto también te interesa:Artículo 801  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a términoArtículo 801 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a término

En conclusión, el artículo 796 del Código Civil de España, en su Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia y Sección IV: De la institución de heredero y del legado condicional o a término, establece la forma en que los herederos pueden recibir su herencia. Esto incluye el legado condicional o a término, en el que la herencia se otorga a un heredero solo si se cumplen determinadas condiciones. Un ejemplo de este tipo de legado es el de una propiedad que se otorga a un heredero solo si renuncia a sus derechos sobre el resto de la herencia.

Programe Una Llamada Ahora

Deja un comentario

Contacta con nosotros

Asesores y consultores asociados 2014 SL
Cardenal Albornoz 2-3I
Huelva

[rank_math_contact_info]