El presente artículo explica el contenido del artículo 752 del Código Civil español, Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección I: De la capacidad para suceder por testamento y sin él. Este artículo trata sobre quién está autorizado para suceder a alguien sin testamento, así como de quién está autorizado para heredar una persona que ha fallecido con un testamento. Esta sección también ofrece información sobre las reglas que rigen la capacidad para heredar, tanto por testamento como sin él. A lo largo de esta sección, se discutirán los puntos esenciales sobre la capacidad para heredar en el Código Civil español y el alcance de los derechos que surgen de ella.
Cuáles son los bienes que pueden ser objeto de apropiacion
El artículo 752 del Código Civil Español establece que los bienes que pueden ser objeto de apropiación por parte de los herederos son los bienes muebles e inmuebles, los derechos y prerrogativas hereditarias, los créditos y deudas y los frutos de los bienes muebles e inmuebles.
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Los bienes muebles son aquellos que se pueden trasladar de un lugar a otro, como joyas, ropa, muebles, vehículos, entre otros. Por su parte, los bienes inmuebles son aquellos que están sujetos a un lugar fijo, como una casa, un terreno, una finca, etc. Los derechos hereditarios son aquellos que se transmiten por herencia, como los derechos de sucesión, los derechos a una herencia reglamentaria, los derechos de vivienda y los derechos de representación. Los créditos y deudas hereditarias son aquellas obligaciones que se adquieren a partir de la herencia, como los impuestos, los créditos que se deben a la herencia y los intereses que se generan por los créditos. Por último, los frutos de los bienes muebles e inmuebles son los beneficios que se obtienen de la posesión de los bienes, como los alquileres, los rendimientos de los intereses, etc.
Todos estos bienes pueden ser apropiados por los herederos y se encuentran regulados en el artículo 752 del Código Civil Español. Por tanto, es importante que los interesados conozcan los términos de esta norma para evitar problemas legales a la hora de la herencia.
Cómo se reparte la herencia en el tercer orden hereditario
El Artículo 752 del Código Civil Español establece el tercer orden hereditario, en el que se establece cómo se reparte la herencia entre los herederos.
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De acuerdo con el Artículo 752, los bienes de la herencia se distribuirán entre los herederos en los siguientes términos:
Primero, se reparte entre los herederos intestados, es decir, los parientes directos del difunto, como los hijos, los cónyuges y los padres. Los bienes se distribuyen de forma igual entre ellos.
En segundo lugar, se reparte entre los herederos testamentarios, es decir, aquellos que han sido nombrados como herederos en el testamento del difunto. Los bienes se distribuyen de acuerdo con las disposiciones del testamento.
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En tercer lugar, si no hay herederos testamentarios, los bienes se reparten entre los herederos colaterales, es decir, los parientes del difunto que no están relacionados directamente con él. Los bienes se distribuyen de forma igual entre ellos.
Finalmente, si no hay herederos colaterales, los bienes se reparten entre los herederos legales, que son aquellos que el Estado ha designado como herederos. Estos son normalmente los parientes más cercanos del difunto, como los hijos, cónyuges y padres.
En conclusión, el Artículo 752 del Código Civil Español establece que los bienes de la herencia se distribuirán de acuerdo con el orden hereditario, repartiéndose primero entre los herederos intestados, luego entre los herederos testamentarios, luego entre los herederos colaterales y finalmente entre los herederos legales.
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Cuánto es 2 3 de herencia
El Artículo 752 del Código Civil Español establece que «los hijos tienen derecho a heredar por partes iguales dos tercios de la herencia de sus padres, salvo disposición en contrario». Esto significa que, en el caso de una sucesión intestada, los hijos tienen derecho a recibir dos tercios de la herencia de sus padres en partes iguales entre ellos. Si uno de los hijos fallece antes de la apertura de la sucesión, sus hijos tendrán derecho a recibir el tercio que le correspondería a su progenitor.
En el caso de una sucesión testada, los hijos pueden ser excluidos de la herencia si la voluntad del causante así lo establece. No obstante, si existen herederos forzosos, los hijos tendrán derecho a recibir dos tercios de la herencia de sus padres, salvo disposición en contrario.
En cualquier caso, es importante recordar que el Código Civil Español establece que los hijos tienen derecho a heredar por partes iguales dos tercios de la herencia de sus padres, salvo disposición en contrario. Así pues, si los padres desean excluir a uno o más hijos de la herencia, deberán hacerlo de manera expresa en el testamento.
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En conclusión, el artículo 752 del Código Civil español establece los requisitos de capacidad para suceder por testamento y sin él. Esta sección se aplica a todos los españoles y extranjeros residentes en España, y establece que solo se puede heredar si se es mayor de edad, capaz mentalmente y con la capacidad legal para aceptar una herencia. Como ejemplo, cabe destacar el caso de una persona sin discapacidad mental que ya sea mayor de edad o que si es menor de edad, pero ya ha cumplido los 16 años y tiene el consentimiento de sus padres para aceptar la herencia. Estas normas tienen como objetivo garantizar que la sucesión sea justa y legalmente válida para todos.