Artículo 1841 Código Civil Título XIV: De la fianza, Capítulo II: De los efectos de la fianza, Sección II: De los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador

El artículo 1841 del Código Civil español en su título XIV, «De la fianza», se ocupa de los efectos de la fianza entre los contratantes, es decir, el deudor y el fiador. Esta sección del código civil regula los efectos que la fianza tiene en el contrato, así como los derechos y obligaciones de ambas partes. En este artículo, se explica de forma detallada cómo funcionan las garantías y los pagos de los fiadores, así como cómo se manejan los casos de incumplimiento por parte del deudor. Además, se establecen los criterios para determinar cuándo el fiador debe responder por la deuda del deudor. Esta sección del código civil es importante para entender los derechos y obligaciones de los fiadores y el deudor. A continuación, se explicarán con mayor detalle los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador.

Qué pasa con el fiador si el deudor no paga

De acuerdo al Artículo 1841 del Código Civil Español, si el deudor no paga la deuda, el fiador asume la responsabilidad de pagar la deuda en su lugar. Esto significa que el fiador es responsable de responder ante la deuda del deudor si éste no puede cumplir con la misma.

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En caso de que el fiador no pueda pagar la deuda en su lugar, el acreedor tendrá el derecho de exigir el pago completo del monto adeudado. Esto significa que el fiador será responsable de pagar el monto total de la deuda en caso de que el deudor no lo haga.

Además, el fiador también será responsable de pagar los intereses que se acumulan sobre la deuda del deudor durante el tiempo que éste no realice el pago. Esto puede ser muy costoso para el fiador, ya que tendrá que pagar los intereses acumulados sobre la deuda, aún cuando el deudor no haya realizado el mismo.

Por lo tanto, el fiador debe tomar en cuenta que será responsable de pagar la deuda del deudor en caso de que este no pueda cumplir con la misma, así como los intereses que se acumulen durante el tiempo que el deudor no realice el pago. Esto es una responsabilidad importante que el fiador debe tener en cuenta antes de aceptar ser el fiador de una deuda.

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Qué efectos surgen del contrato de fianza entre fiador y deudor

El contrato de fianza entre fiador y deudor es una figura jurídica que se regula en el artículo 1841 del Código Civil Español. Esta figura se caracteriza porque el fiador se compromete a responder del cumplimiento de una obligación ajena a la suya propia.

En otras palabras, el fiador se responsabiliza ante el acreedor de la deuda de otra persona. Es decir, si el deudor no cumple con la obligación, el fiador tendrá que hacerse cargo del pago.

De acuerdo con el artículo 1841 del Código Civil Español, los principales efectos del contrato de fianza entre fiador y deudor son los siguientes:

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• La responsabilidad del fiador es solidaria con la del deudor, por lo que en caso de impago, el fiador responderá por el cumplimiento de la obligación.

• El fiador no podrá exigir al deudor el pago de los daños y perjuicios que el fiador haya sufrido como consecuencia de su compromiso.

• El fiador tendrá el derecho de regreso o subrogación sobre el deudor. Esto significa que el fiador tendrá derecho a exigir al deudor el reembolso de los importes que hubiera pagado al acreedor.

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• El fiador tendrá el derecho a ejercitar las acciones que correspondan contra el deudor, para el cobro de los importes que el fiador haya pagado al acreedor en virtud de la fianza.

En definitiva, el contrato de fianza entre fiador y deudor genera un conjunto de efectos entre ambas partes, que deben ser estudiados con detenimiento y bajo la tutela de un experto abogado.

Cuáles son los efectos de la fianza

De acuerdo al Artículo 1841 del Código Civil Español, los efectos de la fianza son los siguientes:

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1. El fiador se compromete a pagar la deuda a favor del acreedor en caso de que el deudor no lo haga.

2. Si el deudor se compromete a pagar la deuda en un plazo determinado, el fiador se compromete a pagarla al acreedor si el deudor no la paga a tiempo.

3. El fiador está obligado a pagar la deuda aun después de la muerte del deudor siempre que el acreedor no haya tenido conocimiento de la misma.

4. El fiador está obligado a pagar la deuda aún si el acreedor no exige el cumplimiento de la misma.

5. El fiador está obligado a pagar la deuda aún cuando el deudor no haya recibido ningún beneficio de la misma.

6. El fiador está obligado a pagar la deuda aun si el acreedor no se ajusta a los términos y condiciones pactados.

7. El fiador está obligado a pagar la deuda aun si el acreedor no tiene derecho a reclamarla.

8. El fiador no puede ser exonerado de su responsabilidad de pagar la deuda si el acreedor no la exige.

En conclusión, el artículo 1841 del Código Civil español establece que el fiador es responsable por la totalidad de la deuda, a menos que se especifique lo contrario, y que se aplica tanto para el deudor como para el acreedor. Esto significa que el fiador debe hacerse cargo de la deuda incluso si la deuda excede el monto originalmente garantizado por el fiador. Un ejemplo de esto es cuando una persona se hace fiador de un préstamo bancario y el deudor no devuelve el préstamo completo; en este caso, el fiador debe responsabilizarse por la totalidad de la deuda. Por lo tanto, es importante que las personas que estén considerando actuar como fiador entiendan los riesgos y obligaciones asociados con el papel.

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