Artículo 1736 Código Civil Título IX: Del mandato, Capítulo IV: De los modos de acabarse el mandato

En este artículo, examinaremos el Título IX: Del mandato, Capítulo IV: De los modos de acabarse el mandato, del Código Civil Español. El Artículo 1736 establece una serie de disposiciones legales relativas a la terminación del mandato. Estas disposiciones regulan los diferentes modos por los cuales un mandato puede acabarse y tienen como objetivo asegurar que todas las partes involucradas comprendan los términos y condiciones de la terminación. Estas disposiciones garantizan que todas las partes involucradas sean tratadas con justicia cuando el mandato se acaba. A continuación, profundizaremos en cada uno de los modos de finalización de los mandatos, según el Artículo 1736 del Código Civil Español.

Cómo se termina el contrato de mandato

El contrato de mandato según el Artículo 1736 del Código Civil Español, se puede terminar por diversas causas, entre las cuales se pueden citar:

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1) Por la muerte del mandatario o del mandante.

2) Por el cumplimiento del objeto del mandato.

3) Por la incapacidad o inhabilidad del mandatario para el desempeño de su cargo.

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4) Por el vencimiento del plazo del mandato.

5) Por la renuncia del mandatario.

6) Por la revocación del mandato por parte del mandante.

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7) Por la imposibilidad de que el mandatario ejecute el objeto del mandato.

8) Por la disolución de la persona jurídica que representa al mandante.

9) Por el acuerdo de las partes.

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Es importante destacar que el mandatario es responsable de los actos realizados hasta el momento en que se produzca el hecho que cause la terminación del contrato de mandato.

Por otra parte, es necesario tener en cuenta que el incumplimiento de los deberes inherentes al mandato, no afecta a la validez del mismo, sino que sólo es motivo para una indemnización.

Cuándo extingue el mandato

El artículo 1736 del Código Civil Español establece que el mandato se extingue cuando se cumplen sus condiciones o objetivos, cuando el mandatario renuncia al mismo, cuando se extingue la capacidad de quien lo otorga o cuando se extingue la capacidad de quien lo acepta.

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A continuación detallamos los distintos modos de extinción del mandato contemplados en el artículo 1736 del Código Civil Español:

1. Extinción por Cumplimiento: El mandato se extingue cuando se cumplen sus condiciones o objetivos.

2. Extinción por Renuncia: El mandato se extingue cuando el mandatario renuncia al mismo.

3. Extinción por Extinción de la Capacidad de Quien lo Otorga: El mandato se extingue cuando se extingue la capacidad de quien lo otorga.

4. Extinción por Extinción de la Capacidad de Quien lo Acepta: El mandato se extingue cuando se extingue la capacidad de quien lo acepta.

En conclusión, el mandato se extingue cuando se cumplen sus condiciones o objetivos, cuando el mandatario renuncia al mismo, cuando se extingue la capacidad de quien lo otorga o cuando se extingue la capacidad de quien lo acepta.

Es importante destacar que el Código Civil Español establece que el mandato se extingue de pleno derecho en cualquiera de estos supuestos. Por tanto, es importante que todas las partes involucradas en el proceso de otorgamiento y aceptación del mandato estén al tanto de los modos de extinción del mismo para evitar cualquier inconveniente.

Cuáles son los tipos de mandato

En el artículo 1736 del Código Civil Español, se especifican los diferentes tipos de mandatos que existen. Estos se diferencian de acuerdo a la forma en que se acaba el mandato.

El mandato se puede acabar de tres formas diferentes:

1. Por terminación: El mandato se acaba cuando el mandatario haya cumplido con las obligaciones que le fueron encomendadas, o cuando el mandante haya decidido dar por terminado el mandato.

2. Por revocación: El mandato se acaba cuando el mandante decide revocarlo, es decir, cancelarlo antes de que el mandatario haya cumplido con sus obligaciones.

3. Por renuncia: El mandato se acaba cuando el mandatario renuncia al mismo, es decir, cuando decide dejar de llevar a cabo las obligaciones encomendadas por el mandante.

Es importante tener en cuenta que cada uno de estos tres tipos de mandatos está regulado por el artículo 1736 del Código Civil Español. Por lo tanto, es importante conocer los derechos y obligaciones de cada parte involucrada en un mandato para evitar problemas legales.

En conclusión, el Artículo 1736 del Código Civil Título IX regula la finalización del mandato, estableciendo las condiciones para que este pueda darse por concluido. Estas condiciones pueden ser la muerte del mandante o el mandatario, la revocación, la mera caducidad, la renuncia, la expiración del tiempo o la realización del objeto. Esto significa que, en caso de una situación donde un contrato de mandato sea celebrado, el mandatario y el mandante deben entender y aceptar las condiciones establecidas para el acabamiento del mismo. Por ejemplo, en el caso de que se establezca un contrato por un periodo de tiempo determinado, el mandatario tendrá que cumplirlo hasta la expiración del mismo. Por tanto, es importante que los contratos de mandato sean bien redactados para cumplir con la legislación española.

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