Artículo 1139 Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo III: De las diversas especies de obligaciones, Sección IV: De las obligaciones mancomunadas y de las solidarias

El artículo 1139 del Código Civil español contiene disposiciones importantes sobre las obligaciones mancomunadas y solidarias, dos conceptos fundamentales de la responsabilidad civil. Estas obligaciones determinan el grado de responsabilidad de los deudores frente a los acreedores, estableciendo diferentes responsabilidades para los deudores y los acreedores. En esta sección del Código Civil, se explican en detalle las responsabilidades de los deudores y los acreedores en las obligaciones mancomunadas y solidarias. Esta explicación será de gran ayuda para aquellos que deseen entender mejor cómo funcionan estas obligaciones y cómo pueden afectar a una relación entre deudor y acreedor.

Cuáles son las obligaciones mancomunadas

El artículo 1139 del Código Civil Español establece los principios y reglas que rigen las obligaciones mancomunadas. Estas obligaciones se caracterizan porque hay más de una persona responsable de su cumplimiento, y cada una de ellas tiene la misma responsabilidad frente al acreedor.

Las obligaciones mancomunadas tienen algunas características principales. En primer lugar, todos los deudores están conjuntamente y solidariamente responsables de la misma obligación frente al acreedor, lo que significa que el acreedor puede pedir el pago de la deuda a cualquiera de los deudores. En segundo lugar, el acreedor puede exigir el cumplimiento de la obligación a alguno de los deudores, y los demás deudores estarán obligados a contribuir al pago si se les reclama.

Las obligaciones mancomunadas también se caracterizan porque los deudores pueden exigir entre sí una indemnización por los gastos y perjuicios sufridos por el cumplimiento de la obligación. Esto significa que si uno de los deudores realiza el pago de la deuda, los demás estarán obligados a contribuir a la compensación de los gastos ocasionados por este hecho.

Finalmente, el artículo 1139 del Código Civil Español establece que, en caso de que uno de los deudores haya realizado el pago de la deuda, los demás se verán liberados de su obligación. Esto significa que, si uno de los deudores realiza el pago de la deuda, los demás ya no tendrán que contribuir al mismo.

En conclusión, el artículo 1139 del Código Civil Español establece que las obligaciones mancomunadas son aquellas en las que hay más de una persona responsable de su cumplimiento, y cada una de ellas tiene la misma responsabilidad frente al acreedor. El artículo también establece los principios y reglas que rigen este tipo de obligaciones, como la responsabilidad conjunta y solidaria de los deudores, el derecho de los deudores a exigir entre sí una indemnización por los gastos y perjuicios sufridos por el cumplimiento de la obligación, y la liberación de los deudores frente al cumplimiento de la obligación por parte de uno de ellos.

Qué artículo del Código Civil habla de las obligaciones

El Artículo 1139 del Código Civil Español, Título I: De las obligaciones, Capítulo III: De las diversas especies de obligaciones, Sección IV: De las obligaciones mancomunadas y de las solidarias, se refiere a las obligaciones mancomunadas y solidarias que pueden ser establecidas entre dos o más personas.

Una obligación mancomunada es aquella que se contrae entre dos o más personas, en la cual cada una de ellas es responsable de la totalidad de la deuda. Esto significa que la deuda debe ser pagada por completo, aun cuando una de las partes no cumpla con el pago.

En cambio, una obligación solidaria es aquella en la cual la responsabilidad de la deuda es asumida por dos o más personas, pero cada una de ellas sólo se hace responsable por el porcentaje de la deuda que le corresponde. Esto significa que, si una de las partes no cumple con el pago de su parte de la deuda, el resto de las personas debe hacerse cargo de su parte.

En ambos casos, el Artículo 1139 del Código Civil Español establece que los acreedores tendrán el derecho de exigir el cumplimiento de la obligación a cualquiera de los deudores. Esto significa que el acreedor puede elegir a quien efectuará el pago de la deuda, sin necesidad de recurrir a los demás deudores.

Finalmente, el artículo 1139 del Código Civil Español también establece que los acreedores pueden exigir el cumplimiento de la obligación a la persona que haya obtenido el beneficio de la misma. Esto significa que, si una de las partes ha obtenido un beneficio de la obligación, el acreedor podrá exigir el pago a dicha persona, aunque no sea uno de los deudores.

En conclusión, el Artículo 1139 del Código Civil Español establece los derechos y obligaciones en relación con las obligaciones mancomunadas y solidarias, garantizando así el cumplimiento de la deuda.

Qué es la mancomunidad en derecho civil

La mancomunidad o la obligación mancomunada es una forma especial de obligación solidaria que se encuentra regulada en el artículo 1139 del Código Civil Español. Esta forma de obligación se caracteriza porque dos o más personas tienen la responsabilidad de cumplir una misma obligación.

Esto quiere decir que cada uno de los mancomunados es responsable del pago íntegro de la deuda, por lo que el acreedor puede reclamar el pago de la deuda a cualquiera de los mancomunados sin tener que esperar a que los otros cumplan con su obligación. Esto significa que los mancomunados tienen la responsabilidad de responder por los actos u omisiones de los otros mancomunados.

Por otro lado, la obligación mancomunada también se caracteriza porque los mancomunados pueden exigir a los otros que se haga cargo de su parte de la deuda. Esto quiere decir que los mancomunados tienen un derecho de regreso entre sí, por lo que cada uno de ellos puede exigir al otro que cumpla con su parte de la obligación.

Por último, cabe destacar que el artículo 1139 del Código Civil también contempla la posibilidad de que los mancomunados sean responsables solo por una parte de la deuda. Esto quiere decir que cada uno de los mancomunados solo tendrá que responder por su parte de la deuda, aunque el acreedor puede reclamar el pago íntegro de la deuda a cualquiera de los mancomunados.

En definitiva, el artículo 1139 del Código Civil Español regula la obligación mancomunada, que es una forma de obligación solidaria en la que dos o más personas tienen la responsabilidad de cumplir una misma obligación. Además, la obligación mancomunada también se caracteriza por la posibilidad de que los mancomunados sean responsables solo por una parte de la deuda.

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