Artículo 747 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo II: De la herencia, Sección I: De la capacidad para suceder por testamento y sin él

En el presente artículo se analizará el Artículo 747 del Código Civil español, que se encuentra contenido en el Título III, dedicado a las sucesiones, el Capítulo II, que trata sobre la herencia, y la Sección I, en la que se establece la capacidad para suceder por testamento y sin él. Esta sección regula la capacidad de los testadores para legar sus bienes, así como la capacidad de los herederos para aceptar la herencia. Esta norma es de gran importancia, pues establece las pautas a seguir para la transmisión de bienes en el contexto de la herencia, según las leyes españolas. A continuación se desarrollarán en mayor profundidad los aspectos fundamentales de esta norma.

Qué pasa con la herencia si no hay testamento

El Artículo 747 del Código Civil español trata sobre la herencia sin testamento. Si una persona fallece sin haber dejado un testamento, la herencia se distribuirá de acuerdo con los principios de la sucesión abintestato. Esto significa que los bienes, derechos y deudas de la persona fallecida pasan a sus herederos legales, que se determinan según el orden establecido en la ley.

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Los principales herederos legales son los descendientes (hijos, nietos y bisnietos), los ascendientes (padres, abuelos y bisabuelos) y el cónyuge. Si la persona no tiene descendientes, ascendientes o cónyuge, la herencia pasará a sus hermanos y hermanas, en caso de que los haya. Si no hay ni descendientes, ascendientes, cónyuge, ni hermanos y hermanas, la herencia pasará a los primos de segundo grado (hijos de tíos o tías).

Es importante tener en cuenta que existen algunos casos en los que los herederos legales no tienen derecho a la herencia, como por ejemplo si el heredero ha renunciado a su derecho, si el heredero ha sido declarado incapaz por una sentencia judicial o si el heredero ha fallecido antes que el causante.

En el caso de que existan bienes de la herencia que no se puedan dividir entre los herederos (por ejemplo, una casa), se procederá a la adjudicación de la misma según el orden establecido en la ley.

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Finalmente, cabe destacar que los herederos legales tienen un plazo de seis meses desde el fallecimiento del causante para reclamar su parte de la herencia. Si el plazo se excede, los bienes pasarán al patrimonio del Estado.

En resumen, el articulo 747 del Código Civil español establece los principios de la sucesión abintestato, es decir, sin testamento, y los derechos de los herederos legales. Por lo tanto, es importante conocer esta normativa para poder ejercer correctamente los derechos de herencia.

Cuál es la capacidad para heredar

El Artículo 747 del Código Civil Español se refiere a la capacidad para heredar. Establece que cualquier persona con capacidad legal para realizar actos de disposición de bienes puede suceder por testamento o sin él.

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En el Código Civil español, para poder heredar una persona debe cumplir ciertos requisitos previos. Entre ellos, el de ser mayor de edad y contar con una capacidad legal para realizar actos de disposición de bienes. Asimismo, la persona debe estar viva al momento de la muerte del testador.

La capacidad para heredar se refiere también a la posibilidad de ser llamado a heredar por testamento. Esto quiere decir que la persona debe ser designada como heredera en el testamento. El Código Civil español no establece requisitos específicos para ser llamado a heredar, sino que es el testador quien debe decidir quiénes serán sus herederos.

Por lo tanto, la capacidad para heredar se refiere tanto a la capacidad legal para realizar actos de disposición de bienes como a la designación como heredero en un testamento. Esta capacidad se establece en el Código Civil Español para asegurar que los bienes del fallecido se distribuyan de manera justa.

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Cómo se reparte la herencia cuando un heredero la obstaculiza

Según el Artículo 747 del Código Civil Español, si uno o más herederos obstaculizan la repartición de la herencia, el resto de los herederos pueden pedir a la autoridad judicial que se determine el reparto provisional de la herencia. Esto significa que el resto de los herederos pueden seguir adelante con el reparto de la herencia sin tener que esperar a que el heredero obstaculizador acepte hacerlo.

Los herederos pueden pedir al tribunal que se les dé una cantidad para cubrir los gastos judiciales, así como una cantidad adicional para los herederos que no están obstaculizando la repartición de la herencia. Esta cantidad será proporcional al valor de la herencia, y se distribuirá entre los herederos que no están obstaculizando el reparto.

Por otra parte, el heredero que está obstaculizando el reparto de la herencia tendrá que responder ante el tribunal por los daños y perjuicios causados. El tribunal también podrá exigir al heredero obstaculizador que responda por los gastos judiciales y que cumpla con la obligación de repartir la herencia según lo establecido.

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En resumen, el Artículo 747 del Código Civil Español establece que si uno o más herederos obstaculizan la repartición de la herencia, el resto de los herederos pueden pedir a la autoridad judicial que se determine el reparto provisional de la herencia, y que se les dé una cantidad para cubrir los gastos judiciales. Además, el heredero obstaculizador tendrá que responder ante el tribunal por los daños y perjuicios causados.

En conclusión, el Artículo 747 del Código Civil en España establece que todas las personas tienen la capacidad para suceder por testamento o sin él. Esta ley se aplica de forma rigurosa a todos los herederos, y el hecho de que alguien sea menor de edad, incapacitado o extranjero no significa que no puedan recibir la herencia. Como ejemplo de aplicación de este artículo, supongamos que una persona fallece y deja un testamento en el que su hijo menor de edad recibe la herencia. En este caso, el Artículo 747 permite que el heredero menor de edad reciba la herencia sin ninguna dificultad.

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