Artículo 713 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo I: De los testamentos, Sección VI: Del testamento cerrado

El Código Civil español regula la forma en que los bienes y propiedades de una persona se transmiten a otras personas tras su muerte. Esta regulación se encuentra en el Título III, De las sucesiones, donde se abordan temas como los testamentos, las donaciones, las herencias y los actos de última voluntad. Una de las secciones más importantes de este título es el Artículo 713, que trata sobre el testamento cerrado. En este artículo se establecen los requisitos, procedimientos y limitaciones para la creación y ejecución de un testamento cerrado, así como los derechos y obligaciones de los herederos y los acreedores. En este artículo, nos detendremos en el tema del testamento cerrado y explicaremos los principales aspectos que debe tener en cuenta cualquier persona que desee redactar uno.

Art 713 código de comercio

El artículo 713 del Código de Comercio español se refiere a los testamentos cerrados. Estos testamentos se realizan en privado y se consideran válidos si cumplen con los requisitos establecidos por la ley.

Esto también te interesa:Artículo 714  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo I: De los testamentos, Sección VI: Del testamento cerradoArtículo 714 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo I: De los testamentos, Sección VI: Del testamento cerrado

El testamento cerrado se distingue del testamento abierto, ya que el primero es un documento en el que se establece el nombre de los beneficiarios de la herencia y cuyo contenido no se conoce hasta que el testador fallece. Esto significa que el contenido del testamento permanece en secreto hasta que el testador muere.

Por otro lado, el testamento abierto se realiza en presencia de al menos dos testigos y tiene como finalidad que el contenido del testamento se revele antes de la muerte del testador.

Los requisitos para que un testamento cerrado sea válido según el artículo 713 del Código de Comercio español son los siguientes:

Esto también te interesa:Artículo 715  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo I: De los testamentos, Sección VI: Del testamento cerradoArtículo 715 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo I: De los testamentos, Sección VI: Del testamento cerrado

• El testamento debe estar redactado en un documento cerrado y sellado por el testador.
• Se requiere la presencia de dos testigos para la apertura del documento cerrado.
• El documento debe estar firmado por el testador y los dos testigos.
• El documento debe contener una especificación clara de los bienes a repartir y los beneficiarios.

En conclusión, el artículo 713 del Código de Comercio español establece los requisitos para la validez de un testamento cerrado. Estos requisitos se deben cumplir estrictamente para que el testamento sea considerado válido por la ley.

Artículo 714 código civil

El Artículo 714 del Código Civil Español regula lo relativo a los testamentos cerrados. En este tipo de testamento, el contenido no se conoce hasta que el testador fallece.

Esto también te interesa:Artículo 716  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo I: De los testamentos, Sección VII: Del testamento militarArtículo 716 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo I: De los testamentos, Sección VII: Del testamento militar

Este tipo de testamento se caracteriza porque el testador deposita el documento en un lugar seguro, cuya existencia sólo él conoce. El testador debe hacer constar que es un testamento cerrado y debe firmarlo. Se debe entregar el testamento a un notario o a una autoridad judicial para que sea guardado en un lugar seguro y no se abra hasta que el testador fallezca.

Un testamento cerrado es válido si se cumplen los requisitos exigidos por el Código Civil. El testador debe cumplir con los requisitos de forma y fondo necesarios para su validez.

En este tipo de testamento, el contenido no es conocido hasta que el testador fallece. Es por ello que los herederos no pueden conocer el contenido del testamento antes de la muerte del testador. Si el contenido del testamento es desconocido antes de la muerte del testador, el mismo no es válido.

Esto también te interesa:Artículo 717  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo I: De los testamentos, Sección VII: Del testamento militarArtículo 717 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo I: De los testamentos, Sección VII: Del testamento militar

El Artículo 714 del Código Civil Español establece que si el contenido del testamento cerrado es desconocido, el mismo será ineficaz. En este caso, los bienes se repartirán entre los herederos según la ley de la sucesión.

Artículo 685 código civil

El Artículo 685 del Código Civil español regula el testamento cerrado, también conocido como testamento secreto.

Un testamento cerrado es aquel testamento escrito por una persona que no es leído por nadie, y se guarda en un lugar seguro.

Esto también te interesa:Artículo 718  Código Civil Título III: De las sucesiones,  Capítulo I: De los testamentos, Sección VII: Del testamento militarArtículo 718 Código Civil Título III: De las sucesiones, Capítulo I: De los testamentos, Sección VII: Del testamento militar

En un testamento cerrado, el testador no tiene que nombrar a los herederos, ya que el contenido del testamento sólo será conocido después de su muerte. Esto ofrece al testador la seguridad de que su testamento no será cambiado por nadie.

De acuerdo con el Artículo 685 del Código Civil, para que un testamento cerrado sea válido debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. El testamento debe estar escrito por el testador o por otra persona a instancias suyas.

2. El testamento debe estar cerrado y firmado por el testador.

3. El testamento debe estar en un sobre cerrado y firmado por el testador.

4. El sobre debe contener una indicación de su contenido.

5. El sobre debe ser depositado en una notaría, un tribunal o un establecimiento público.

Por lo tanto, el Artículo 685 del Código Civil español establece los requisitos necesarios para que un testamento cerrado sea válido. Si el testamento cumple con estos requisitos, el testador puede estar seguro de que su testamento será respetado después de su muerte.

En conclusión, el artículo 713 del Código Civil español establece las normas y las exigencias legales para la realización de un testamento cerrado. Estas incluyen la firma del testador y del notario, así como la presencia de dos testigos. Esta forma de testamento es menos común que el testamento abierto, pero puede ser útil para aquellos que deseen mantener el contenido de su testamento en el mayor secreto posible. Como ejemplo, el testamento cerrado puede ser útil para aquellos que deseen dejar una herencia a alguien que no sea conocido por la familia del testador.

Programe Una Llamada Ahora

Deja un comentario

Contacta con nosotros

Asesores y consultores asociados 2014 SL
Cardenal Albornoz 2-3I
Huelva

[rank_math_contact_info]