El Código Penal Español es una herramienta fundamental en el sistema judicial de España. En su Título XIX se encuentran los Delitos contra la Administración pública, uno de los capítulos más importantes de esta ley. Dentro de este capítulo, encontramos el Artículo 438 (Bis), el cual se dedica a los fraudes y exacciones ilegales en el ámbito público. Este artículo es de gran relevancia en la lucha contra la corrupción y el uso indebido de los recursos públicos, y en este artículo se analizarán sus principales características y su aplicación en la práctica.
¿Qué son los fraudes y exacciones ilegales?
¿Qué son los fraudes y exacciones ilegales según el Código Penal Español?
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El Código Penal Español establece en su Título XIX, Capítulo VIII, los delitos contra la Administración pública, donde se encuentra el Artículo 438 (Bis), que se refiere a los fraudes y exacciones ilegales.
Los fraudes y exacciones ilegales son conductas delictivas que tienen como objetivo obtener un beneficio económico de manera ilícita, mediante la manipulación o engaño de la Administración pública.
En el caso de los fraudes, se trata de la realización de una acción fraudulenta, engañosa o falsa que tiene como fin obtener un beneficio económico indebido. Por ejemplo, la falsificación de documentos para obtener una subvención.
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Por otro lado, las exacciones ilegales se refieren a la exigencia, por parte de un funcionario público, de una cantidad de dinero o bienes que no corresponde legalmente. Un ejemplo de ello puede ser la exigencia de un soborno a cambio de la realización de un trámite.
Ambas conductas son consideradas delitos graves en el Código Penal Español y están sancionadas con penas de prisión, multas e inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.
En conclusión, los fraudes y exacciones ilegales son conductas delictivas que tienen como finalidad obtener un beneficio económico de manera ilícita a través de la manipulación o engaño de la Administración pública. Están penalizadas por el Código Penal Español y su comisión puede tener graves consecuencias legales para los implicados.
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¿Qué es una exacción ilegal?
¿Qué es una exacción ilegal según el Código Penal Español?
El Código Penal Español define la exacción ilegal como un delito que consiste en exigir o cobrar una cantidad de dinero o cualquier otra cosa que no esté debida por ley o por cualquier obligación contractual.
Este delito se encuentra tipificado en el Artículo 438 (Bis) del Código Penal, en el Título XIX: Delitos contra la Administración Pública. Capítulo VIII: De los fraudes y exacciones ilegales.
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¿Qué conductas constituyen una exacción ilegal?
Una exacción ilegal puede ser cometida por cualquier persona que exija o cobre una cantidad de dinero o cualquier otra cosa que no esté debida por ley o por cualquier obligación contractual, siempre y cuando se den las siguientes circunstancias:
– Que la exigencia o el cobro se realice en el ámbito de la Administración Pública.
– Que la persona que realiza la exigencia o el cobro tenga la condición de funcionario público o de persona que actúe en nombre o por cuenta de la Administración Pública.
– Que la cantidad de dinero o la cosa exigida o cobrada no esté debida por ley o por cualquier obligación contractual.

¿Qué consecuencias tiene cometer una exacción ilegal?
El delito de exacción ilegal está tipificado como un delito contra la Administración Pública y puede ser castigado con penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Además, si el funcionario público o persona que actúa en nombre o por cuenta de la Administración Pública comete la exacción ilegal aprovechando su cargo o posición, la pena de prisión puede ser de uno a cuatro años y la multa de doce a veinticuatro meses.
En resumen, la exacción ilegal es un delito que se comete al exigir o cobrar una cantidad de dinero o cualquier otra cosa que no esté debida por ley o por cualquier obligación contractual en el ámbito de la Administración Pública, y puede ser castigado con penas de prisión y multa según lo establecido en el Código Penal Español.
¿Cuántos años tienen que pasar para que prescriba un delito?
¿Cuántos años tienen que pasar para que prescriba un delito?
El Código Penal Español establece una serie de plazos de prescripción para los diferentes tipos de delitos. En el caso de los delitos contra la Administración pública, el artículo 438 (Bis) establece que prescriben a los cinco años, salvo que la ley establezca un plazo distinto.
¿Qué significa que un delito prescriba?
La prescripción de un delito implica que, transcurrido un determinado plazo de tiempo desde la comisión de los hechos, ya no se puede perseguir penalmente al autor del delito. Es decir, se extingue la responsabilidad penal del delincuente.
¿Cuándo comienza a contar el plazo de prescripción?
El plazo de prescripción comienza a contar desde el día en que se hubiera cometido el delito. En el caso de los delitos continuados, el plazo comienza a contar desde el día en que cesó la conducta delictiva.
¿Qué ocurre si se interrumpe el plazo de prescripción?
El plazo de prescripción se interrumpe por cualquier actuación que realice el Ministerio Fiscal, el juez o el tribunal que conozca de la causa, encaminada a la averiguación, investigación o persecución del delito. En este caso, el plazo de prescripción se reinicia y vuelve a contar desde cero.
En resumen, los delitos contra la Administración pública prescriben a los cinco años, salvo que la ley establezca un plazo distinto.
El plazo comienza a contar desde el día en que se hubiera cometido el delito y se interrumpe por cualquier actuación encaminada a su investigación o persecución.
¿Cuáles son los delitos contra la administración pública?
Delitos contra la administración pública en el Código Penal Español
El Código Penal Español establece una serie de delitos contra la administración pública que se encuentran tipificados en el Título XIX, Capítulo VIII, dedicado a los fraudes y exacciones ilegales. Estos delitos se refieren a conductas que atentan contra la integridad y el correcto funcionamiento de las instituciones públicas y que, por tanto, son consideradas gravemente perjudiciales para la sociedad en su conjunto.
En este sentido, el Artículo 438 (Bis) del Código Penal Español establece la siguiente tipificación:
– Cohecho: se refiere a la conducta de un funcionario público que solicita, recibe o acepta una dádiva o cualquier otra ventaja o beneficio para sí o para un tercero, a cambio de realizar u omitir un acto propio de su cargo.
– Tráfico de influencias: consiste en utilizar la influencia propia o ajena para obtener un beneficio económico o de cualquier otra índole, tanto para sí mismo como para un tercero.
– Prevaricación: se refiere a la conducta de un funcionario público que dicta una resolución injusta a sabiendas, es decir, que viola el derecho o las normas aplicables en un caso concreto.
– Malversación de caudales públicos: consiste en la apropiación o el uso indebido de fondos públicos por parte de un funcionario público, es decir, sustraer o desviar dinero destinado a la administración pública para fines privados.
– Fraudes y exacciones ilegales: este apartado engloba una serie de conductas como la falsificación de documentos públicos, el abuso de poder, la extorsión o la exigencia de impuestos o tasas ilegales.
Todos estos delitos están castigados con penas de prisión e inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, además de la correspondiente indemnización por los daños causados. En cualquier caso, la Administración de Justicia se encarga de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de estos delitos, garantizando la transparencia y la integridad en el funcionamiento de las instituciones públicas.
Artículo 438 bis código penal
Artículo 438 bis del Código Penal: Delitos de prevaricación urbanística
El artículo 438 bis del Código Penal español es una disposición legal que tipifica los delitos de prevaricación urbanística. Este delito se comete cuando una autoridad o funcionario público, en el ejercicio de sus funciones, dicta una resolución o realiza un acto que favorece a alguien en la construcción o modificación de un inmueble, vulnerando la normativa urbanística.
El objetivo del artículo 438 bis es proteger el interés general y el ordenamiento jurídico urbanístico, evitando que las autoridades y funcionarios públicos permitan construcciones ilegales o que incumplen la normativa urbanística. La prevaricación urbanística puede tener consecuencias graves para el medio ambiente, la seguridad de las personas y la calidad de vida de los ciudadanos.
¿Qué conductas son consideradas delito de prevaricación urbanística?
El artículo 438 bis establece que se considera delito de prevaricación urbanística:
– La concesión de licencias, autorizaciones o permisos contrarios a la normativa urbanística.
– La omisión de la obligación de hacer cumplir la normativa urbanística.
– La emisión de informes o dictámenes favorables a construcciones o modificaciones ilegales.
– La realización de actos administrativos que vulneran la normativa urbanística.
– La paralización o suspensión de procedimientos sancionadores contra infracciones urbanísticas.
¿Cuáles son las penas previstas en el artículo 438 bis?
El delito de prevaricación urbanística está castigado con penas de prisión de uno a cuatro años, inhabilitación especial para empleo o cargo público y multa de doce a veinticuatro meses.
La pena puede ser agravada en los siguientes casos:
– Cuando se trata de construcciones o modificaciones que afectan a bienes de interés cultural o a zonas protegidas.
– Cuando el delito ha sido cometido por un funcionario público con competencias en materia urbanística.
En definitiva, el artículo 438 bis del Código Penal español es una herramienta legal importante para proteger el patrimonio urbanístico y evitar la corrupción en la gestión pública. Las autoridades y funcionarios públicos deben actuar siempre con transparencia y respeto a la normativa urbanística, en beneficio del interés general y de los derechos de los ciudadanos.
En conclusión, el artículo 438 (Bis) del Código Penal en España es una herramienta importante en la lucha contra los fraudes y exacciones ilegales en la Administración pública. Su aplicación ha sido clave en la condena de políticos, empresarios y otros funcionarios públicos que han abusado de su poder para beneficio propio. Un ejemplo de su aplicación reciente fue el caso de la exalcaldesa de Valencia, Rita Barberá, quien fue acusada de blanqueo de capitales y falsedad documental en relación con una supuesta financiación irregular del Partido Popular. La existencia de este artículo en el Código Penal español es una muestra del compromiso del país con la transparencia y la lucha contra la corrupción en todos los ámbitos de la sociedad.