En este artículo se explicará el contenido del artículo 1838 del Código Civil español, que trata de los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador. Esta sección del código civil español regula la responsabilidad de los dos contratantes en el caso de que el deudor no cumpla con las obligaciones estipuladas en el contrato. Se explicará en detalle qué efectos tiene la fianza para el deudor y el fiador, así como sus derechos y obligaciones respecto al contrato. Además, se proporcionarán algunos ejemplos de cómo se aplica esta sección del código civil español en situaciones reales.
1845 código civil
El Código Civil Español de 1845 es una de las principales fuentes de derecho civil en España. Establece los principios generales de derecho privado y regula los derechos y obligaciones de los particulares.
El artículo 1838 del Código Civil Español de 1845 se refiere a los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador. La fianza es un acto de seguridad entre dos partes, donde el fiador se obliga a garantizar el cumplimiento de una determinada obligación. El artículo 1838 establece que el fiador es responsable de las deudas y obligaciones del deudor. Si el deudor incumple sus obligaciones, el fiador deberá responder ante el acreedor por el cumplimiento de dichas obligaciones. Además, el fiador no puede exigir al deudor el cumplimiento de la obligación garantizada.
El artículo 1838 también establece que el fiador no es responsable de las deudas y obligaciones del deudor si el acreedor no ha cumplido con sus obligaciones previamente. Asimismo, el fiador no deberá responder por las deudas y obligaciones del deudor si se demuestra que el acreedor ha consentido el incumplimiento de dichas obligaciones.
En conclusión, el artículo 1838 del Código Civil Español de 1845 establece los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador. El fiador es responsable de las deudas y obligaciones del deudor, a menos que el acreedor no haya cumplido con sus obligaciones previamente o haya consentido el incumplimiento de dichas obligaciones.
Artículo 1839 código civil
El Artículo 1839 del Código Civil español establece los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador. Según este artículo, el deudor está obligado a devolver al fiador la cantidad que ha pagado por él, a menos que el deudor haya sido condenado a pagar una indemnización o a devolver una cantidad igual o superior a la fianza.
En caso de que el deudor sea condenado a devolver una cantidad superior a la fianza, el fiador solo tendrá que devolver la cantidad que cubra el exceso de la fianza. Por otro lado, si el deudor no puede devolver la cantidad total, el fiador deberá abonar la diferencia.
Además, el Artículo 1839 del Código Civil también establece que el fiador también está obligado a devolver la fianza al deudor si el acreedor no exige el pago de la deuda. Esto significa que el fiador no tendrá que esperar a que el acreedor demande el pago de la deuda para devolver la fianza al deudor.
Por último, es importante destacar que el Artículo 1839 del Código Civil español también se aplica a los casos en los que el fiador es un tercero, es decir, una persona distinta del deudor y del acreedor. En estos casos, el fiador deberá devolver la cantidad que haya pagado al deudor una vez que el acreedor exija el pago de la deuda o una vez que el deudor haya sido condenado a devolver una cantidad superior a la fianza.
Artículo 1847 código civil
El Artículo 1847 del Código Civil Español, se refiere a los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador. Establece que el fiador, a excepción de los casos establecidos en el artículo 1838, no tendrá derecho a regreso de las cantidades anticipadas por el deudor, aunque el deudor quede liberado de su obligación.
El artículo 1847 establece que el fiador no podrá recuperar los importes pagados por el deudor a la entidad acreedora a no ser que se establezca una cláusula expresa en el contrato de fianza. Esta cláusula debe ser aprobada por el acreedor y el deudor.
En el caso de que el fiador se vea obligado a realizar el pago por el deudor, el artículo 1847 establece que el deudor deberá reembolsar al fiador el importe pagado, más los intereses legales, en el plazo que se establezca en el contrato de fianza.
El artículo 1847 también se refiere a los casos en los que el fiador no está obligado a reembolsar los importes pagados por el deudor. Esto se aplica cuando el fiador ha sido exonerado de su obligación por el acreedor, o cuando el deudor ha sido liberado de su obligación por el acreedor. En estos casos, el fiador no tendrá derecho a regreso de los importes pagados por el deudor.
En conclusión, el artículo 1847 del Código Civil Español establece los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador, y el derecho del fiador a recuperar los importes anticipados por el deudor. Esta disposición es de gran importancia para los que realizan contratos de fianza, ya que les permite asegurar que su inversión esté segura.
En conclusión, el artículo 1838 del Código Civil español trata sobre los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador. Esta sección ha sido aplicada con éxito en muchos casos en España, ya que establece los derechos y deberes de cada parte con respecto al contrato de fianza. Como resultado, el deudor y el fiador pueden estar seguros de que recibirán los beneficios y los pagos según lo acordado. Por esta razón, es importante que los contratos de fianza sean redactados con precisión, para garantizar los derechos y obligaciones de cada una de las partes.
Artículo 1839 Código Civil Título XIV: De la fianza, Capítulo II: De los efectos de la fianza, Sección II: De los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador