Artículo 1699 Código Civil Título VIII: De la sociedad, Capítulo II: De las obligaciones de los socios, Sección II: De las obligaciones de los socios para con un tercero

El Artículo 1699 del Código Civil Español establece las obligaciones que tienen los socios de una sociedad con un tercero. Esta sección del código civil regula lo que se conoce como la responsabilidad de los socios con un tercero, es decir, aquellas obligaciones que surgen cuando los socios de una sociedad entran en un acuerdo con un tercero sin el consentimiento de la sociedad. En este artículo, se explicará en detalle esta responsabilidad de los socios con un tercero y como esta sección del código civil afecta a la sociedad, así como a los socios implicados.

Artículo 1700 código civil

El Artículo 1700 del Código Civil Español establece que los socios de una sociedad están obligados a responder solidariamente frente a un tercero por los créditos que éste tenga contra la sociedad. Esto significa que, si un tercero tiene una deuda con la sociedad, los socios están obligados a pagar solidariamente la misma, aunque no hayan suscrito el contrato o acuerdo en cuestión.

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Esta solidaridad se extiende tanto a los créditos nacidos durante el periodo en que el socio estuvo implicado en la sociedad como a los créditos originados antes de su participación. Además, la solidaridad no se limita a los socios, sino que también se extiende a los administradores y liquidadores de la sociedad.

De la misma manera, el Artículo 1700 establece que los terceros pueden exigir el pago de sus créditos a cualquiera de los socios o a todos ellos a la vez. Además, los socios no pueden excusarse de la solidaridad alegando que no han recibido beneficios de la sociedad, ya que el pago de la deuda es una obligación que se deriva de la misma.

Por lo tanto, es importante que los socios de una sociedad sean conscientes de la obligación de responder solidariamente por los créditos que un tercero tenga contra la misma. Esto es especialmente importante para los socios que tengan una participación minoritaria en la sociedad, ya que ellos son los que estarían más expuestos al pago de deudas de la misma.

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Art 17 cc

El Artículo 17 del Código Civil Español regula las obligaciones de los socios de una sociedad para con un tercero. Establece que los socios son responsables solidariamente por las obligaciones contraídas por la sociedad para con el tercero. Esto significa que cada socio es responsable de la deuda de la sociedad, aunque el compromiso contractual solo se haya realizado con alguno de ellos.

Esta responsabilidad solidaria se aplica a todas las obligaciones que la sociedad tenga para con un tercero. Esto incluye todas las deudas de la sociedad, como los impuestos, los pagos por bienes y servicios adquiridos, los créditos bancarios, los préstamos, etc.

Además, el Artículo 17 establece que los socios deben responder por dichas obligaciones aun cuando no hayan participado en la decisión de la sociedad de contraer la deuda. Esto significa que, incluso si un socio no estuvo presente en la reunión en la que se acordó la deuda, sigue siendo responsable de cumplir con los compromisos adquiridos por la sociedad.

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Es importante destacar que el Artículo 17 solo regula la responsabilidad de los socios por las obligaciones contraídas por la sociedad para con un tercero. Esto no significa que los socios sean responsables entre sí por las obligaciones de la sociedad. Por lo tanto, si un socio no cumple con los compromisos de la sociedad, los demás socios no tienen ninguna responsabilidad legal de hacerlo.

Artículo 1695 código civil

El artículo 1695 del Código Civil Español establece que los socios de una sociedad están obligados a responder con su patrimonio personal por las deudas de la sociedad. Esta responsabilidad es solidaria entre los socios, lo que significa que los acreedores de la sociedad pueden reclamar el pago de sus deudas a cualquiera de los socios.

En este sentido, cuando un acreedor de la sociedad presenta una demanda contra uno de los socios, éste último no puede alegar que sólo es responsable de una parte de la deuda, ya que la responsabilidad es solidaria entre todos los socios. Asimismo, los acreedores de la sociedad tienen derecho, sin limitación, a demandar el pago de sus deudas a cualquiera de los socios.

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En consecuencia, los socios de una sociedad deben estar conscientes de que están obligados a responder con su patrimonio personal por las deudas de la sociedad, sin limitación alguna. Por ello, es importante que los socios de una sociedad se aseguren de que la sociedad cumple con sus obligaciones crediticias, para así evitar la responsabilidad personal de los socios.

En conclusión, el Artículo 1699 del Código Civil Título VIII: De la sociedad, Capítulo II: De las obligaciones de los socios, Sección II: De las obligaciones de los socios para con un tercero, establece que los socios de una sociedad son responsables de las obligaciones concretas que contraigan con terceras personas. Esto se aplica, por ejemplo, cuando un socio firma un contrato con un tercero, en el cual los demás socios tendrán que cumplir con las obligaciones del contrato. Los abogados de nuestro despacho están especializados en el asesoramiento y cumplimiento de los requisitos exigidos por dicho artículo para resolver problemas relacionados con la responsabilidad de los socios.

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