Artículo 1191 Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección III: De la condonación de la deuda

En este artículo se abordará el tema de la condonación de la deuda, una figura prevista en el Artículo 1191 del Código Civil español. Esta figura regula la extinción de las obligaciones y permite al deudor no tener que cumplir con el pago de la deuda, siempre que se cumplan ciertos requisitos. A continuación, se abordarán los aspectos legales de esta disposición, así como los requisitos que deben cumplirse para que la condonación de la deuda sea válida.

Cómo se extinguen las obligaciones según el Código Civil

En el artículo 1191 del Código Civil Español se regula el modo en que se extinguen las obligaciones, en función de la existencia o no de un acuerdo entre las partes.

Esto también te interesa:Artículo 1192 Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección IV: De la confusión de derechos

Cuando las partes han acordado una condonación de la deuda, la obligación se extingue por la renuncia de la parte acreedora a exigir el cumplimiento de la misma. Esta renuncia puede ser expresa o tácita, es decir, a través de actos que demuestren la intención de la parte acreedora de no perseguir el cumplimiento de la obligación.

Por otro lado, existe la extinción por imposibilidad de cumplimiento. Esto ocurre cuando el cumplimiento de la obligación se hace imposible, ya sea por motivos físicos o jurídicos. En este caso, la obligación se extingue sin necesidad de un acuerdo entre las partes.

Finalmente, se extingue la obligación cuando se produce una situación de hecho que impide su cumplimiento, como el fallecimiento de uno de los acreedores, la prescripción de la acción o la renuncia a la misma.

Esto también te interesa:Artículo 1193  Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección IV: De la confusión de derechosArtículo 1193 Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección IV: De la confusión de derechos

En resumen, el Código Civil Español establece que las obligaciones se extinguen a través de la condonación de la deuda, de la imposibilidad de cumplimiento o por situaciones de hecho.

Cuáles son las formas de extinguir las obligaciones

El Artículo 1191 del Código Civil Español especifica las formas en las que se pueden extinguir las obligaciones. Estas formas incluyen la condonación de la deuda, que es una forma de extinción de la obligación por la que el acreedor renuncia voluntariamente a sus derechos sobre la deuda. Esta forma de extinción de la obligación es útil en situaciones en las que el deudor no es capaz de pagar la deuda completa, ya sea porque no tiene los fondos suficientes o porque el acreedor simplemente quiere perdonar la deuda para ayudar al deudor.

Otra forma de extinción de la obligación es la prescripción, que es el vencimiento de la obligación debido al paso del tiempo. El Artículo 1191 establece un límite de 10 años desde el nacimiento de la obligación para que se extinga por prescripción. Esta forma de extinción de la obligación es útil para aquellos casos en los que el acreedor no ha hecho ningún intento de cobrar la deuda en el plazo establecido.

Esto también te interesa:Artículo 1194  Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección IV: De la confusión de derechosArtículo 1194 Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección IV: De la confusión de derechos

Por último, el Artículo 1191 también establece la extinción de la obligación por novación. Esta forma de extinción de la obligación se produce cuando el acreedor y el deudor acuerdan una nueva obligación para reemplazar la anterior, o cuando el deudor acepta a un tercero como acreedor. Esta forma de extinción de la obligación es ideal para aquellos casos en los que el acreedor y el deudor quieren cambiar los términos de la obligación existente para hacerla más asequible para ambas partes.

Qué es la extinción de la obligación

El Artículo 1191 del Código Civil Español establece que la extinción de la obligación se produce cuando el deudor renuncia voluntariamente a la obligación o cuando esta es perdonada por el acreedor. Esta condonación de la deuda, también conocida como perdón de la deuda, se produce cuando el acreedor renuncia voluntariamente a sus derechos de cobro y no exige al deudor el cumplimiento de su obligación.

Cuando se produce una condonación de la deuda, el deudor está exento de cumplir con la obligación y el acreedor no podrá exigir el pago de la misma. Esta es una forma de resolver una situación de deuda sin tener que acudir a un proceso judicial.

Esto también te interesa:Artículo 1195 Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección V: De la compensación

No obstante, hay que tener en cuenta que el perdón de la deuda no extingue la obligación de forma total, sino que sólo extingue el derecho de cobro. Esto significa que el acreedor aún podría intentar exigir el cumplimiento de la obligación si el deudor incumpliera sus obligaciones. Por lo tanto, el acreedor debe pensar cuidadosamente antes de perdonar la deuda y asegurarse de que el deudor cumpla con sus obligaciones.

Por último, es importante destacar que el perdón de la deuda no se puede ejercer de forma retroactiva, lo que significa que el acreedor no puede perdonar una deuda que ya ha vencido. La condonación de la deuda debe ser ejercida antes de que la obligación llegue a vencimiento.

En conclusión, el artículo 1191 del Código Civil español establece una forma de extinción de una obligación, a través de la condonación de la deuda. Esta extinción se produce cuando el acreedor renuncia al derecho a cobrar lo adeudado, ya sea total o parcialmente, y es una forma válida de liberar al deudor de la obligación que tiene. Como ejemplo, se podría citar la extinción de una deuda de un préstamo entre particulares por medio de la condonación. En este caso, el acreedor opta por no cobrar el importe adeudado y el deudor queda liberado de la obligación de devolver el préstamo.

Esto también te interesa:Artículo 1196  Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección V: De la compensaciónArtículo 1196 Código Civil Título I: De las obligaciones, Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones, Sección V: De la compensación

Programe Una Llamada Ahora

Deja un comentario

Contacta con nosotros

Asesores y consultores asociados 2014 SL
Cardenal Albornoz 2-3I
Huelva

[rank_math_contact_info]